Este trámite permite presentar por registro electrónico, en nombre propio o en representación de otra persona, escritos, solicitudes o comunicaciones dirigidas al Ayuntamiento de Tudela cuya presentación no esté contemplada en un trámite específico de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tudela.
1.- En virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: "Cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, éstos serán de uso obligatorio por los interesados."
2.- Por tanto, antes de pasar a cumplimentar la Instancia General, debe usted comprobar que no existe un modelo específico de presentación de su solicitud en la relación de trámites del Ayuntamiento de Tudela, porque, en este caso, podría RECHAZARSE de acuerdo con el citado artículo 66.6.
3.- Si la petición no es rechazada, pero da lugar a una tramitación normalizada en esta Sede, se le notificará para subsanar la documentación que resulte requerida para continuar con la tramitación normalizada del expediente.
Este es un modelo de Solicitud o Instancia General para presentar documentos o escritos en esta administración cuando no exista un trámite concreto con modelos específicos de presentación de solicitud en esta Sede Electrónica Municipal.Por tanto, antes de pasar a cumplimentar la Instancia General:- Debe usted comprobar que no existe un modelo específico de presentación de su solicitud en la relación de trámites de esta Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tudela, porque, en este caso, podría RECHAZARSE de acuerdo con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015 del PAC de las Administraciones Públicas.- Si ha recibido una notificación requiriéndole la aportación de documentación a un expediente en curso, debe utilizar la solicitud Aporte de documentación a expedientes en trámite.- Si desea aportar espontaneamente documentación a un expediente en curso, debe utilizar la solicitud Aporte de documentación a expedientes en trámite - opción Aportación libre.
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos.Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado.Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas, para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación.Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación.Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Utilice al efecto el formulario 'Otorgamiento de Representación' que se le ofrece mas adelante en Documentación relacionada.
Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente. En el caso de procedimientos administrativos específicos el plazo estará determinado por lo que se disponga en las bases o normas que lo regulen.
El que corresponda en función de la materia objeto de solicitud.
El que corresponda en función de la normativa aplicable al objeto de la solicitud de la Instancia.
Los que correspondan en función de la materia objeto de la solicitud.
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del tramite.- Si desea interponer una queja o sugerencia, podrá hacerlo a través del servicio de presentación de avisos, quejas y sugerencias.
Instancia General
Otorgamiento de representación