Urbanismo (Actividades): 948 41 71 31 (948 41 71 00 Ext: 341).
1 mes desde la solicitud.
Contra la resolución (definitiva en vía administrativa) cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos (sin que quepa interponer ninguno de ellos mientras no se resuelva expresamente el que, en su caso, esté en trámite de resolución o se haya producido la desestimación presunta del mismo):a) Recurso de Reposición ante el órgano autor del acto o acuerdo, en el plazo de un mes contado desde la publicación o notificación del acto o acuerdo recurrido.b) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación o publicación del acuerdo o acto recurrido.c) Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano que corresponda de dicha jurisdicción en el plazo de dos meses contados desde la notificación o publicación del presente acto.Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
- Ordenanza Fiscal de tasas de Licencia de Apertura.- Ordenanza Reguladora de tramitación de licencias urbanisticas y actuaciones comunicadas.- Ordenanza de seguridad alimentaria.
Otorgamiento de Representación
Solicitud de Licencia de Apertura