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Convocatoria de subvenciones destinadas a la adquisición de libros y/o material didáctico para 2º ciclo de educación infantil en centros escolares. Curso 2026-2027

Descripción

Convocatoria de subvenciones destinadas a la adquisición de libros y/o material didáctico para 2º ciclo de educación infantil en centros escolares. Curso 2026-2027.

Finalidad
Solicitar ayudas económicas para la adquisición de libros y/o material didáctico, para 2º ciclo de Educación Infantil.
Quien lo puede Presentar
Familias que presenten situaciones de dificultad socioeconómica.
Plazos de Presentación
01/09/2026 00:00:00 - 30/09/2026 23:59:00
Presentación
Presencialmente:
En el Registro General del Ayuntamiento de Tudela (oficinas del SAC).
En cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Oficinas de Correos, Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares y Oficinas de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) de otras administraciones (lista completa y actualizada de dichas Oficinas: https://administracion.gob.es/pagFront/atencionCiudadana/oficinas/encuentraOficina.htm).
On line: A través de la Sede Electrónica municipal, a través de los enlaces que encontrará al pie de esta página web, utilizando los modelos que figuran en esta reseña de la convocatoria.
Organo Gestor
Derechos Sociales.
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro, teniendo en cuenta que este plazo puede suspenderse cuando se requiere al interesado para que subsane deficiencias en su solicitud o aporte documentos.
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos
Contra la resolución (definitiva en vía administrativa) cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos (sin que quepa interponer ninguno de ellos mientras no se resuelva expresamente el que, en su caso, esté en trámite de resolución o se haya producido la desestimación presunta del mismo):
a) Recurso de Reposición ante el órgano autor del acto o acuerdo, en el plazo de un mes contado desde la publicación o notificación del acto o acuerdo recurrido.
b) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación o publicación del acuerdo o acto recurrido.
c) Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano que corresponda de dicha jurisdicción en el plazo de dos meses contados desde la notificación o publicación del presente acto.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Normativa básica
-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, publicada en el BOE número 236, de fecha 2 de octubre de 2015.
-Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, publicada en el BOE número 294, de fecha 6 de diciembre de 2018.
-Ley foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, publicada en el BOE número 192, de fecha 11 de agosto de 1990.
-Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, publicada en el BOE número 276, de fecha 18 de noviembre de 2003 y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de desarrollo reglamentario, publicado en el BOE número 176, de fecha 25 de julio de 2006.
-Ordenanza General de Subvenciones del M.I. Ayuntamiento de Tudela, publicada en el BON nº 175, de 11 de septiembre de 2017.
-Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Tudela para el año 2026.
-Bases permanentes de la convocatoria de subvenciones, en régimen de evaluación individualizada destinadas a la concesión de prestaciones económicas para libros y/o didáctico correspondiente a segundo ciclo de educación infantil en centros escolares de Tudela, publicadas en el BON número 215, de fecha 29 de octubre de 2015. Corrección de errores publicada en el BON número 230, de fecha 17 de noviembre de 2015.
Pago de tasas
No procede.
Información Adicional
Se subvencionará un máximo de 60 euros por persona.
Documentación relacionada
000. Bases de la convocatoria

Bases de la convocatoria

001. Solicitud (Anexo I)

Solicitud de participación en la convocatoria (Anexo I)

002. Umbrales de renta (Anexo II)

Umbrales de renta libros 2º ciclo de Educación Infantil. Curso 2026-2027 (Anexo II)

003. Documento del colegio (Anexo III)

Documento del colegio (Anexo III)

004. Solicitud de abono por transferencia

Solicitud de abono por transferencia (Certificado de titularidad bancario)

005. Otorgamiento de representación

Otorgamiento de representación

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación necesaria si desea otorgar representación
Otorgamiento de representación
Otorgamiento de representación (debe descargar, cumplimentar y aportar el documento 'Otorgamiento de representación' que se halla en "Documentación relacionada").
Documentación acreditativa de la identidad de la persona otorgante
Documentación acreditativa de la identidad de la persona otorgante.
Documentación acreditativa de la identidad de la persona representante
Documentación acreditativa de la identidad de la persona representante.
Documentación requerida
Solicitud (Anexo I)
Impreso de solicitud cumplimentado y firmado (Anexo I).
Factura/s de adquisición del material
Alumnado de colegios que venden libros: factura/s original/es de la adquisición del material. La/s factura/s deben ser a nombre del beneficiario de la subvención, siendo emitidas por establecimientos del sector o entidades que se encuentren de alta en el Impuesto de Actividades Económicas para la actividad correspondiente. Contendrá/n el nombre del niño, así como del padre, madre o tutor de los menores (a efectos fiscales). Deben describir la compra, no vale con poner un importe global, así como el tipo impositivo aplicado o la expresión IVA incluido.
Documento del colegio (Anexo III)
Alumnado de colegios que facilitan materiales didácticos: justificante bancario del pago del material y documento del colegio (Anexo III).
DNI, NIE o pasaporte solicitante y pareja
DNI o NIE del solicitante y cónyuge o pareja. En el caso de no disponer de ninguno de los dos documentos anteriores se aportará pasaporte en vigor.
Libro de familia
Libro de familia con todos sus componentes o, en su defecto, documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento.
Declaración completa del IRPF del ejercicio anterior
Declaración completa del impuesto sobre la renta de las personas físicas del ejercicio anterior de los miembros de la unidad de convivencia (padre/madre, así como nuevos cónyuges o parejas de hecho de los mismos, así como los miembros de la unidad familiar computables recogidos en la Base 6 de las bases permanentes).
Número de cuenta bancaria IBAN
Número de cuenta bancaria IBAN.
Título de familia numerosa oficialmente reconocida
Título de familia numerosa oficialmente reconocida.
Documentos separación de hecho
En caso de separación de hecho, presentar documento notarial o justificante de interposición de demanda.
Documentos separación legal
En caso de separación legal, presentar sentencias judiciales.
Hijo/a no matrimonial reconocido por el padre
En el caso de hijo/a no matrimonial reconocido por el padre, presentar documento de medidas de guarda y custodia y pensión de alimentos o justificación de interposición de demanda.
Documentación adicional
Documentación adicional y otros documentos.
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